martes, 29 de diciembre de 2009

EL ESTADO: LA ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO ESTATAL

La noción de Estado cuenta, según Méndez y Molinero en 1984, con dos componentes básicos: el de territorialidad o control de un espacio determinado y el de sociedad o comunidad organizada políticamente. Para algunos, el Estado es una unidad política independiente reconocida internacionalmente como ejerciendo soberanía sobre una determinada área de la superficie terrestre.

Pero tambien el estado es un concepto central de la Ciencia Política que designa la forma de organización jurídico-política por antonomasia.

Surge en paralelo a la idea de soberanía y, etimológicamente, supone la lasmación “estática” de ésta. El Estado, pues, sería la formalización de una autoridad permanente y pública que domina un espacio territorial cerrado y a las personas que en él viven.

Hoy, el denominado Estado-Nación –fenómeno moderno caracterizado por la formación de un tipo de Estado que posee el monopolio del uso legítimo de la fuerza (idea de Weber) dentro de un territorio delimitado y por una intención integradora y de homogeneización de la población– supone una serie de elementos como: organización política, ordenamiento jurídico, aparato de gobierno, población y territorio. Territorio, soberanía y seguridad aparecen íntimamente asociados en la idea moderna de Estado-nación.

De los dos componentes esenciales del Estado, el territorial significa un control y dominio de un espacio (no se concibe un Estado sin el atributo territorial). Las bases territoriales del Estado son un factor de 1ª categoría de cara a valorar su poderío relativo (por extensión), su capacidad económica (recursos), etc.

En cuanto al componente político, existe también (al igual que sucedía con el territorial) una cierta heterogeneidad: cada Estado se organiza políticamente de una forma concreta. Los distintos Estados representan organizaciones políticas emanadas de una comunidad o sociedad humana, que se dota de un sistema de gobierno encargado de preservar su integridad territorial. Así, el sistema de gobierno (sea el que sea) controla los tres poderes, tiene medios militares y capacidad económica y de planificación, que le permiten ordenar y gestionar el territorio estatal y protegerlo interna y externamente.
Ambos componentes van estrechamente unidos y son necesarios para la existencia del Estado.

2. TIPOS DE ESTADOS.

Existen distintas clasificaciones de los Estados. Unas, basadas en la morfología del territorio estatal; otras, en las relaciones del poder central con sus demarcaciones político-territoriales de rango inferior.

---> Criterio morfológico.
Según este criterio, podemos realizar una clasificación, meramente descriptiva, de Estados:

< Estados alargados (6 veces más largos que anchos; Ej.: Chile, Noruega).

< Estados compactos (el máximo de territorio en el interior de un mínimo de
fronteras, Ej.: Polonia, Bélgica).

< Estados fragmentados (Estados insulares –Filipinas– o Estados divididos en
dos por un espacio de soberanía extranjera, como sucedía antes en
Panamá).

< Estados perforados (contienen en su interior otro Estado; Ej.: San Marino
dentro de Italia).

< Estados estrangulados (sufren estrechamientos; Ej.: Malí, Zambia).

< Estados circundados (atenazados por otro que le rodea; Ej.: Mónaco,
Brunei).

< Estados apendiculares (tienen un apéndice territorial que se proyecta fuera
del cuerpo principal del país; Ej.: Austria, Tailandia, EE.UU.).

Criterio de organización territorial.

Según este criterio, los Estados pueden clasificarse en unitarios y federales, o bien en unitarios o centralizados (donde la soberanía no está dividida) y compuestos (con un reparto de soberanía entre Estados libres Confederación–, o entre Estado Central y Estados Miembros –Federación–, o bien con una cesión parcial de soberanía a las regiones –Estado Regional o Autonómico–). Es decir, se toma como criterio de referencia el grado de descentralización del Poder Central: máxima descentralización en la Confederación, mínima en el Estado unitario.

< Los Estados unitarios tiene un único centro de poder, aunque es frecuente que haya cierta descentralización administrativa, al menos en el nivel municipal. Es el caso de Francia y Gran Bretaña. Sanguin (1981)3 distingue entre Estados unitarios altamente centralizados (Estados totalitarios), centralizados (Francia, Suecia, etc.) y ajustados o con cierta descentralización administrativa (Gran Bretaña).

< El Estado regional o autonómico es también un modelo frecuente, especialmente en países en los que, debido a razones administartivas, históricas y democráticas, se crean unidades subestatales de cierta entidad.

Hay autonomía política, aunque se trata de una sola soberanía nacional. La Constitución italiana de 1947 y la Constitución española de 1978 recogen este modelo político-territorial. Más adelante lo veremos.

< El Estado federal es un modelo quizá más acorde con las necesidades descentralizadoras de algunos países. Proteger la unidad nacional por encima de particularidades étnicas, lingüísticas e históricas es el objetivo que se han marcado muchos federalismos. Este modelo, nacido de la Constitución norteamericana de 1787, plantea la superposición de dos estructuras: la Federación (sujeto soberano y garantía de unidad nacional) y los Estados miembros. A dicho modelo se adaptan EE.UU., Canadá, Alemania, Argentina, Australia y Suiza (a pesar de su denominación:
Confederación Helvética). Para Taylor (1994)4, el federalismo es quizá la forma más “geográfica” de Estado, ya que afronta más racionalmente las diferencias socioeconómicas en territorios muy extensos y los particularismos regionales.

< La Confederación es el modelo estatal en el que las relaciones con el Poder Central son más laxas. Más bien, se trata de una unión de Estados soberanos con carácter más o menos permanente. La soberanía de cada Estado se mantiene, pero se renuncia a cierto poder en pro de una coordinación mayor entre varios para formar una entidad superior. Uno de los objetivos básicos de una confederación puede ser la defensa común para garantizar la seguridad externa e interna de los Estados. Otro objetivo puede ser la creación de mercados comunes. EE.UU. entre 1781 y 1787 y Suiza hasta 1848 se adaptaban a este modelo.

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